Carriola.15.06.26
¿Qué pasa cuando te contrata una ETT?
Andrés Barros
Abogado laboralista
Con la llegada del verano, las campañas agrícolas, las sustituciones por vacaciones y los aumentos puntuales de actividad, miles de trabajadores encuentran empleo a través de una ETT. Y casi todos tienen las mismas dudas cuando reciben la llamada.
¿Quién es realmente mi empresa? ¿Me pagan lo mismo que a los demás trabajadores? ¿Pueden despedirme cuando quieran? ¿Tengo menos derechos por estar contratado por una ETT?

Son preguntas perfectamente normales. Al fin y al cabo, cuando una persona empieza a trabajar mediante una Empresa de Trabajo Temporal, la situación puede resultar algo confusa. Por un lado, firma el contrato con una empresa. Por otro, trabaja físicamente en otra distinta. Y muchas veces recibe órdenes de personas que ni siquiera pertenecen a la empresa que figura en su contrato.
Precisamente por eso es importante entender cómo funcionan las ETT y cuáles son los derechos de los trabajadores que prestan servicios a través de ellas.
¿Para quién trabajo realmente?
Una de las mayores confusiones aparece al intentar averiguar quién es realmente el empleador.
Y es una duda lógica. Al fin y al cabo, el trabajador firma el contrato con una empresa, pero trabaja físicamente en otra distinta. Además, las órdenes del día a día suelen venir de encargados, supervisores o responsables que pertenecen a la empresa donde presta servicios y no a la ETT.
La respuesta, sin embargo, es relativamente sencilla. El trabajador es contratado por la ETT, que es quien firma el contrato, paga el salario, da de alta en la Seguridad Social y asume, con carácter general, las obligaciones propias de cualquier empleador. Pero el trabajo se realiza en una empresa diferente, denominada empresa usuaria, que es la que necesita cubrir temporalmente un puesto de trabajo.
Por eso, en una relación de este tipo intervienen tres partes distintas: la ETT, la empresa usuaria y el trabajador. Y precisamente esa estructura es la que genera muchas de las dudas más habituales.
Por ejemplo, es frecuente que un trabajador lleve meses trabajando en una fábrica, un almacén o un hotel y llegue a pensar que su empresa es el lugar donde acude cada mañana. Sin embargo, jurídicamente sigue siendo trabajador de la ETT mientras el contrato continúe vigente.
Ahora bien, eso no significa que la empresa usuaria no tenga responsabilidades. De hecho, muchas cuestiones relacionadas con la organización diaria del trabajo dependen de ella. Es la que suele fijar horarios, distribuir tareas, organizar turnos o supervisar la actividad cotidiana del trabajador.
Además, tanto la ETT como la empresa usuaria tienen determinadas obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y protección de los trabajadores. Precisamente por eso la ley establece mecanismos de responsabilidad compartida en determinados supuestos.
Todo ello puede parecer algo complejo al principio, pero hay una idea que conviene recordar: el hecho de trabajar para una ETT no significa que el trabajador quede en una especie de "tierra de nadie" donde nadie responda por sus derechos. Al contrario. La normativa regula de forma bastante detallada las obligaciones tanto de la ETT como de la empresa usuaria para evitar situaciones de desprotección.
¿Se cobra menos por trabajar a través de una ETT?
Probablemente esta sea la pregunta más frecuente de todas.

Muchos trabajadores creen que, por estar contratados por una ETT, van a cobrar menos que las personas que trabajan directamente para la empresa usuaria. Sin embargo, la normativa establece que los trabajadores puestos a disposición por una ETT deben percibir, como mínimo, la misma retribución que correspondería a un trabajador contratado directamente para ocupar ese mismo puesto.
Dicho de otra manera: realizar el mismo trabajo debería implicar cobrar lo mismo.
Esto incluye no solo el salario base, sino también aquellos complementos vinculados al puesto de trabajo que resulten aplicables.
Por supuesto, en la práctica pueden surgir conflictos sobre determinados conceptos salariales, y no son raras las reclamaciones cuando el trabajador descubre que existe una diferencia económica respecto a otros compañeros que realizan exactamente las mismas funciones.
Por eso conviene revisar siempre las nóminas y conocer cuál es el convenio colectivo aplicable en la empresa donde realmente se presta el servicio.
La temporalidad y la incertidumbre
Otra preocupación muy habitual tiene que ver con la duración del empleo.
Muchas personas asocian las ETT con contratos muy breves y una cierta sensación de inestabilidad. Y es verdad que gran parte de los contratos gestionados por estas empresas responden a necesidades temporales: campañas de verano, sustituciones, picos de producción o proyectos concretos.
Sin embargo, no todas las experiencias son iguales. Hay trabajadores que encadenan distintos contratos durante años e incluso casos en los que la propia empresa usuaria termina incorporándolos a su plantilla de forma directa.
El problema es que la incertidumbre suele estar muy presente. No siempre se sabe cuánto durará la contratación ni si habrá continuidad una vez finalice el encargo concreto para el que se produjo la contratación.
Por eso muchas personas ven las ETT como una puerta de entrada al mercado laboral más que como una solución definitiva a largo plazo.
Conocer tus derechos ante la ETT
Trabajar a través de una ETT no significa tener menos derechos laborales.
El trabajador sigue teniendo derecho a salario, vacaciones, descansos, protección frente a riesgos laborales y, en general, a las garantías que reconoce la legislación laboral. De hecho, muchas de las dudas y problemas que aparecen no tienen su origen en la ETT en sí, sino en el desconocimiento de las normas que regulan esta forma de contratación.
Por eso es importante no quedarse únicamente con lo que dice el contrato o con lo que comenta un compañero de trabajo. Conocer las condiciones aplicables, revisar la documentación y preguntar cuando surgen dudas suele evitar muchos problemas futuros.
Porque, al final, una ETT puede ser una excelente oportunidad para acceder al mercado laboral. Pero, como ocurre con cualquier relación de trabajo, conocer los propios derechos sigue siendo la mejor herramienta para protegerse.
(*) Colaboración semanal con el Despacho Legal AMURALEX de Pontevedra.