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“AMYA Abogados” critican el informe de los técnicos del CIAM sobre el “ Villa de Pitanxo” que entienden “erróneos y carentes de rigor”, entre otras consideraciones

Carriola.Redacción.20.02.25

julio@carriola.es

El caso del naufragio del buque marinense “Villa de Pitanxo” acaecido tristemente el 15 de febrero hace tres años se complica en cuanto a opiniones técnicas se refiere a medida que pasa el tiempo y que, en teoría, se acerca la resolución del mismo judicialmente. Hace unos días, en vísperas del homenaje recuerdo a los 21 fallecidos, publicábamos en Carriola las conclusiones de los dos técnicos designados por la Audiencia Nacional que firman un exhaustivo informe con cuyo contenido la empresa Nores, armadora del buque siniestrado no está de acuerdo y de ello dejan constancia los letrados del “AMYA Abogados” que remiten a Carriola una nota de prensa al respecto de sus diferencia de criterio, nota que reproducimos íntegramente para evitar cualquier tipo de mala interpretación de su contenido

NOTA DE PRENSA AMYA ABOGADOS

Respecto del informe emitido por los dos técnicos de la CIAM designados como peritos judiciales en la investigación penal sobre el naufragio del VILLA DE PITANXO, y ante las interpretaciones del mismo aparecidas en determinados medios, queremos dejar constancia en nombre de la empresa armadora de lo siguiente:

1.- El informe apunta a un error del patrón al mando durante la operación de virada del aparejo, que concretan en una mala gestión por su parte de la maniobra tendente a “desembarrar” el aparejo del fondo.

Ese embarre lo dan los peritos por supuesto, y lo basan exclusivamente en la declaración del Samuel Koufie, pese a que en las imágenes de la inspección submarina se ve claramente que ni las puertas de arrastre ni el aparejo están enganchados en el fondo, sino tendidos sobre un fondo de sedimentos finos, sin roca ni accidentes que permitan suponer un embarre. Esto es, las propias imágenes de la inspección muestran que el aparejo no está embarrado.

No hay que ser técnico para poder determinar que si no hay evidencias de que la red estuviese arrastrando, mal se puede producir un embarre. Los peritos que están analizando el informe están perplejos con la falta de base de esta parte del informe de la CIAIM.

La suposición de los peritos no es siquiera consistente con el relato de Samuel Koufie, quien por otra parte también contó a los tripulantes del PLAYA DE MENDUIÑA, tras ser rescatado, que el patrón y el otro superviviente, había tratado de impedirle subir a la balsa salvavidas, empujándole para echarle fuera, y en su declaración en el juzgado hubo de reconocer que no solo no era cierto sino que le ayudaron a subir a la balsa, declaraciones que constan grabadas.

2.- El embarre es también incompatible con las últimas velocidades y posiciones de la caja azul y del AIS, que muestran una velocidad de deriva compatible con una parada de la máquina (relatada por los tres tripulantes a su llegada a puerto) e incompatible con un buque “anclado al fondo”, que es lo que a su llegada a España declaró Samuel Koufie.

3.- Aparte de incurrir en graves errores técnicos, que nuestros peritos achacan a una falta de familiarización con la maniobra pesquera, los técnicos de la CIAIM aventuran, siempre con apoyo en testimonios de parte interesada que se ocultó a la Capitanía que el buque había zarpado de Marín para realizar pruebas de mar y no directamente para el caladero para eludir la inspección de Capitanía, cuando es radicalmente falso y hay constancia documental (informes de Capitanía) que lo desmiente.

que no se respectaban los descansos reglamentarios a bordo, cuando no solo no es cierto, sino que antes del siniestro el buque llevaba 12 horas navegando y 12 arrastrando, tiempo durante el cual los tripulantes estuvieron descansando (salvo los de guardia en puente y

máquina) que no se harían ejercicios de abandono, obviando todas las pruebas documentales y testificales que demuestran lo contrario, dando credibilidad a Samuel Koufie, que no solo es parte interesada en el proceso (ejerciendo la acusación particular y

reclamando indemnizaciones) sino que existe constancia rotunda de que mintió en sus sucesivos relatos de hechos.

4.- Todos esos errores, y muchos más que contiene el informe, están siendo analizados y serán puestos de evidencia por varios técnicos con conocimientos de maniobra pesquera.

5.- Los informes de técnicos de la CIAIM deben de ser tratados con mucha cautela puesto que en investigaciones similares arribaron a conclusiones incorrectas y sorprendentes, y en casos importantes, donde los tribunales rechazaron las conclusiones de tales informes y poniendo de relieve los graves errores en que incurrían.

A modo de ejemplos; en el hundimiento del pesquero “Siempre Casina”, donde falleció toda la tripulación menos un marinero, la CIAIM indicó que había contribuido al hundimiento el que se hubiesen realizado obras inconsentidas en el pesquero. Hubo que ir con un notario y un ingeniero naval para medirlo y demostrar que esa conclusión era infundada, lo cual fue recogido de forma expresa y contundente por las sentencias que resolvieron dicho asunto.

Y lo mismo sucedió en el caso del abordaje y hundimiento del “MAR DE MARIN” en la ría de Vigo, donde la CIAIM concluyó en su informe que la empresa armadora del MAR DE MARIN había cometido toda una serie de infracciones de seguridad (incumplimiento de la guardia de navegación, cartas electrónicas con representación

incorrecta del dispositivo de separación de tráfico de la ría de Vigo y el pesquero se hizo a la mar sin que las puertas y escotillas estancas al agua estuviesen debidamente cerradas y trincadas).

Fue preciso acreditar que tales apreciaciones carecían del más mínimo rigor, y así fue resuelto en sentencia, que estableció (pág. 30) que <<los factores contribuyentes del accidente y su desenlace los concluidos en el informe de la CIAIM quedan sustancialmente desvirtuados por el resultado de la prueba practicada … , además de por el contenido de los informes periciales.

6.- Precisamente por ello, la empresa armadora, cuando se designó a dos técnicos de la CIAIM como peritos, sugirió que también se designase a un perito con categoría de Capitán de Pesca y conocimiento real de la maniobra pesquera, lo que está pendiente de ser resuelto por el tribunal y en lo que, desde luego, volveremos a insistir a la vista de la falta de rigor del informe de los peritos de la CIAIM.

7.- Por último, y con respecto a la hipótesis del error del patrón, aun careciendo de base, consideramos que aun contemplando tal hipótesis, criminalizar a un patrón por que hubiese podido cometer un error en la gestión de una maniobra no resulta muy justificado. Todo el mundo parece olvidar los dos golpes de mar relatados por los tres supervivientes a su llegada a puerto, determinantes para que el buque perdiese su estabilidad tras la parada del motor.

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